
Si uno o ambos cónyuges radican en el extranjero, podrán llevar a cabo el divorcio mediante apoderado en Perú.
El poder que otorgue deberá específicamente mencionar la facultar de representación en el proceso de DIVORCIO ante Notaria o Municipio.
Para otorgar dicho poder, los interesados pueden acudir al Cónsul Peruano del país de su residencia, quien ejerce las funciones de notario para los peruanos residentes en el extranjero.
En dicho caso, a la solicitud de Divorcio Rápido se deberá adjuntar el Poder, debidamente visada por el Ministerio de Relaciones Exteriores e inscrito en el Registro de Mandatos y Poderes de los Registros Públicos y fotocopia del DNI del apoderado. Será este apoderado quien acuda a la audiencia única y ratifique el deseo de divorcio de su representado.
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