.

SI VIVES EN USA Y QUIERES DIVORCIARTE EN LIMA NOSOTROS NOS ENCARGAMOS DEL TRÁMITE POR TI. CONSULTAS VÍA MAIL abogadosonlinelima@gmail.com

viernes, 11 de agosto de 2017

SI ME DIVORCIO EN ESTADOS UNIDOS Y ME VUELVO A CASAR...

¿Puedo inscribir mi nuevo matrimonio en el consulado del país donde estoy?

No. Ante las leyes de Perú, Ud. sigue casado, por tanto, si inscribe su nuevo matrimonio en el consulado peruano, dentro de las leyes de Perú Ud. estaría incurriendo en el delito de bigamia: El delito de volverse a casar sin haberse divorciado antes.
Para poder inscribir su matrimonio en el consulado peruano y hacerlo válido en el Perú Ud. deberá primero inscribir su divorcio en Perú (proceso también llamado Exequátur) y posteriormente inscribir el nuevo matrimonio.
Resultado de imagen para divorcio

¿Por qué Divorciarme en Perú si el divorcio en el Estados Unidos es más rápido?

Algunas personas me han comentado que es mejor divorciarse en el extranjero porque es un proceso mucho más sencillo. Ciertamente en algunos casos es sencillo divorciarse en el extranjero, pero el problema se presenta cuando Ud. quiere inscribir el divorcio aquí en Perú, ya que se podrá hacer solo por medio del proceso judicial del Exequatur que demora nada menos que 9 meses en el mejor de los casos. Adicionalmente un Exequatur requiere de pago de tasas consulares, traductores oficiales etc. y el costo final no es nada económico.

Entonces, ¿El divorcio rápido siempre es más conveniente?

Sí, por tiempo y por economía. No interesa si ambos están en el extranjero, o si solo uno está en el extranjero y el otro en Perú; hayan hijos menores de edad o no, bienes en común o no. El único requisito es que ambos estén de acuerdo para poder hacer el proceso del divorcio rápido aquí en Perú.

ME DIVORCIÉ EN EL EXTRANJERO PERO EN PERÚ SIGO CASADO, ¿QUÉ DEBO HACER?

Resultado de imagen para EXEQUÁTUR
Si ese es su caso, le recomiendo que consiga los documentos que acrediten la Sentencia de Divorcio y que proceda a dar inicio al proceso de EXEQUÁTUR, que es el reconocimiento de Sentencia extranjera en el Perú.
Como usted sabrá, cada país es autónomo por ello lo que se decide en un país, no es de conocimiento en otro, motivo por el cual se deben de inscribir ciertos actos por medio del proceso antes descrito.
La pregunta siguiente sería “Y SI NO LO HAGO, ¿EN QUE ME PERJUDICA?”. Bueno, si usted estaba casado en Perú, seguirá en el estado civil anterior, es decir casado y por ende todas aquellas cosas que adquiera seguirán siendo del patrimonio de la sociedad conyugal o propiedad de la pareja de esposos. 
Por ello hay que poner a derecho lo que de hecho ya se realizara, es decir poner a conocimiento el divorcio.

NUESTRAS TARIFAS



DIVORCIO MUTUO DISENSO 



jueves, 10 de agosto de 2017

COMO DEBO OTORGAR PODER PARA QUE ME REPRESENTEN EN LIMA?

Resultado de imagen para PODER DE REPRESENTACION

Si uno o ambos cónyuges radican en el extranjero, podrán llevar a cabo el divorcio mediante apoderado en Perú.

El poder que otorgue deberá  específicamente mencionar la facultar de representación en el proceso de DIVORCIO ante Notaria o Municipio.

Para otorgar dicho poder, los interesados pueden acudir al Cónsul Peruano del país de su residencia, quien ejerce las funciones de notario para los peruanos residentes en el extranjero.

En dicho caso, a la solicitud de Divorcio Rápido se deberá adjuntar el Poder, debidamente visada por el Ministerio de Relaciones Exteriores e inscrito en el Registro de Mandatos y Poderes de los Registros Públicos y fotocopia del DNI del apoderado. Será este apoderado quien acuda a la audiencia única y ratifique el deseo de divorcio de su representado.

QUIERO DIVORCIARME EN PERU. VIVO EN ESTADOS UNIDOS

Resultado de imagen para DIVORCIO RAPIDO PERU
Los peruanos en el extranjero pueden divorciarse por mutuo acuerdo, solo tienen que remitirnos un poder que otorgarán ante el consulado peruano, en base al formulario que le enviamos vía Internet.
Si ambos esposos están en el extranjero, estamos en condiciones de representarlos a ambos.
Si estando en el extranjero no es posible llegar a un acuerdo con su ex pareja, y ella reside en el Perú u otra parte del mundo, podemos tramitar su divorcio por la causal de separación de hecho u otra causal, debiéndonos remitir un poder especial que otorgará en base a un formulario que le enviaremos vía Internet.
Es importante que el poder para divorcio sea de nuestra autoría ya que en los consulados tienen un modelo que aplican a todos por igual, y de eso no se trata ya que cada divorcio tiene sus particularidades y muchas veces por no incluirlas estos poderes son rechazados.

VIVO EN EL EXTRANJERO, pero quiero divorciarme EN PERU, ¿QUE DEBO HACER?

El divorcio por causal de separación de hecho procede si uno de los cónyuges se retira voluntariamente del hogar. El Código Civil Peruano exige que esta separación sea por un periodo ininterrumpido de dos años (en caso no tener hijos menores de edad) cuatro si los hay.


Si Ud. se casó hace más de dos años y su matrimonio no tiene hijos puede divorciarse por la causal de separación de hecho. Pero, si existen hijos, Ud. deberá de hacerlo después de transcurridos cuatro años. Como son procesos que se realizan en Perú, si se encuentra en el exterior requerirá, como requisito indispensable para cualquiera de los dos casos descritos, el envío de un poder consular a favor de una persona para que la represente en Perú.

Para un divorcio desde el exterior se requerirá de:
  
  • Poder consular de representación, tramitado ante el Cónsul del país donde se encuentre.
  • DNI vigente para que lo atienda el Cónsul, caso contrario empiece por poner su DNI al día.
  • Acuerdo con su ex pareja respecto de las  propiedades si las existiera.
  • Acuerdo con su ex conyuge (siempre que haya menores de edad) del tema de la tenencia, régimen de visitas y alimentos.


DIVORCIO RÁPIDO. MUTUO DISENSO

Desde que la Ley 29227 entró en vigencia, miles de cónyuges han disuelto su vínculo matrimonial de forma rápida. En el 2016 en Lima el 47% de divorcios se dio en municipios, el 27% en notarías y solo el 29% fue en el Poder Judicial.

Cerca de 2,200 divorcios notariales se concretan al año en Lima. (Difusión)

Hace unos años en Perú se aprobó una Ley especial que otorgaba facultades a los notarias y municipios para divorciar a las personas sin tener que pasar necesariamente por un proceso de separación y luego de divorcio ante un juez; claro que debían cumplir ciertos requisitos importantes como son el que debe haber transcurrido dos años desde la fecha de celebración del matrimonio civil, por lo menos; las partes no deberán tener hijos menores de edad o mayores de edad con incapacidad y por último no tener bienes sujetos al régimen de gananciales (es decir bienes adquiridos después del matrimonio) o contar con la escritura pública de liquidación de régimen patrimonial.

Las partes deben recurrir al notario del último domicilio conyugal o del distrito donde se celebró el matrimonio solicitando la separación convencional y el divorcio ulterior, quiere decir que lo que se solicita es que primero el alcalde o el notario declara primero la separación convencional previa audiencia de conciliación y luego de trascurrir dos meses de esta declaración cualquiera de los cónyuges podrá solicitar la disolución del vínculo matrimonial.

¿Qué se necesita para solicitar el divorcio?


Primero la voluntad de las partes, luego deberán adjuntar copia de DNI, copia certificada de la partida de matrimonio y de partidas de nacimiento, declaración jurada de no tener hijos menores de edad, la escritura pública de liquidación de régimen de gananciales y el acta de conciliación o resolución del régimen de visitas y alimentos si tuvieran hijos menores de edad.

En el caso que las partes o que una de las partes se encuentren en el extranjero podrá delegar facultades que deberán estar inscritas en los Registros Públicos de Lima.




LOS ACUERDOS
1. Más de 2 años de casados
2. Con hijos menores puede Ud. acceder a él, solo debe definir la pensión de alimentos, tenencia, y visitas de estos.
3. Solo se tiene que declarar como se repartirán los bienes.


LOS DOCUMENTOS
1. Partida de Matrimonio
2. Partida de Nacimiento de Hijos. 
3. Títulos de Propiedad de Casa. 
4. Copia de Tarjeta de propiedad de vehículo.

5. Copia de los DNI o documento de identidad.


Resultado de imagen para CONSULADO PERUANO DIVORCIO USA








SI ME DIVORCIO EN ESTADOS UNIDOS Y ME VUELVO A CASAR...

¿Puedo inscribir mi nuevo matrimonio en el consulado del país donde estoy? No. Ante las leyes de Perú, Ud. sigue casado, por tanto, si in...

SI TE PERDISTE DE ALGO